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CONDICIONES GENERALES
CONTRATISTA

GENERAL

 

1. EXCLUSIVIDAD

1.1 Todos los contratos de venta, contratos de obras y materiales y contratos de servicios entre Q ENERGY Europe GmbH* o "la Empresa" - y sus contratistas - en lo sucesivo denominados "Contratistas " - se regirán exclusivamente por las Condiciones Generales establecidas a continuación.

1.2 Los términos y condiciones del Contratista que entren en conflicto, complementen o se desvíen de estos Términos y Condiciones sólo formarán parte del contrato si la Compañía los reconoce expresamente por escrito.

CONTRATOS DE COMPRA, OBRA Y ENTREGA DE OBRA

2. DOCUMENTOS DE EJECUCIÓN, DERECHOS DE AUTOR Y CONFIDENCIALIDAD

2.1 El Contratista se compromete a mantener la confidencialidad de toda la información contenida en los dibujos, documentos, resultados, muestras, medios de producción, modelos, soportes de datos, etc. que le facilite la Sociedad y a no ponerlos a disposición de terceros (incluidos los subcontratistas), reproducirlos o utilizarlos para un fin distinto al acordado contractualmente sin el consentimiento de la Sociedad. Esta obligación de secreto se aplicará también después de la ejecución del contrato.

2.2 La obligación de mantener el secreto según el apartado 2.1 no se aplicará a la información que sea o llegue a ser de dominio público o que ya fuera conocida por el contratista sin que el incumplimiento del contrato por parte de éste sea o haya sido la causa del mismo.

2.3 La propiedad, los derechos de autor y todos los demás derechos sobre la información, los documentos y los objetos puestos a disposición por la Sociedad seguirán siendo de la Sociedad. El Contratista guardará, mantendrá y asegurará cuidadosamente los documentos y elementos puestos a su disposición a su cargo y los devolverá o destruirá en cualquier momento a petición de la Compañía. No tendrá derecho de retención, independientemente del motivo. La devolución o destrucción completa se asegurará por escrito.

2.4 El Contratista sólo podrá hacer referencia a las relaciones comerciales existentes con la Sociedad en el material informativo y publicitario con el consentimiento expreso y por escrito de la Sociedad.

2.5 El Contratista será responsable de todos los daños y perjuicios sufridos por la Sociedad como consecuencia del incumplimiento de cualquiera de las obligaciones establecidas en las cláusulas 2.1 a 2.4. 

3. OFERTA DEL CONTRATISTA

3.1 El Contratista deberá ceñirse con precisión a lo solicitado en la oferta y, en caso de existir desviaciones, deberá señalarlas expresamente.

3.2 Los costes de embalaje, así como los de despacho de aduanas y derechos de aduana, se indicarán por separado en la oferta del Contratista.

3.3 Si el Contratista tiene reservas sobre el tipo de ejecución deseado, deberá informar a la Compañía por escrito sin demora.

3.4 Los presupuestos del Contratista serán gratuitos.

 

4. PEDIDOS DE LA EMPRESA

4.1 Los pedidos y las modificaciones de los mismos por parte de la Compañía se harán por escrito. El contenido de los pedidos orales o telefónicos y los cambios de pedido sólo serán vinculantes si han sido confirmados por escrito por la Compañía sin demora.

4.2 Cada pedido y cambio de pedido por parte de la Compañía deberá ser confirmado por escrito por el Contratista citando el número completo de vale, el número de transacción y la fecha del pedido.

4.3 La obligación de recuperar los envases se ajustará a las disposiciones legales.

5. ENTREGA, FECHA DE ENTREGA, RETRASO EN LA ENTREGA

5.1 El Contratista informará a la Compañía de los permisos y requisitos de notificación necesarios para la importación y operación de los artículos de entrega.

5.2 El Contratista elegirá el medio de transporte más adecuado para la Compañía. Si el Cliente corre con los gastos de transporte, el Contratista elegirá la opción de transporte más favorable de entre las más adecuadas.

5.3 Si, en derogación de la cláusula 6, el riesgo ya se ha transferido a la Compañía antes de la entrega o la aceptación o si, en derogación de la cláusula 8.4, la Compañía ya ha realizado un pago a cuenta, el Contratista estará obligado a asegurar los artículos de entrega contra los riesgos de transporte habituales a su cargo.

5.4 La entrega irá acompañada de un albarán en el que se indicará el número completo del documento, el número de la operación y la fecha del pedido.

5.5 Los plazos de entrega acordados son vinculantes. La fecha de recepción en la empresa o en el punto de recepción especificado por la empresa es decisiva para la puntualidad de una entrega.

5.6 Tan pronto como el Contratista se dé cuenta de que no podrá cumplir con sus obligaciones contractuales en su totalidad o en parte, o que no lo hará a tiempo, lo notificará a la Compañía por escrito sin demora, indicando las razones y la duración prevista del retraso.

5.7 En caso de retraso en la entrega, la Compañía tendrá derecho a reclamar una indemnización por daños y perjuicios por el retraso que asciende al 1% del valor de la entrega por semana completa, pero no más del 10% del valor total del pedido de la entrega. La empresa se reserva el derecho a reclamar otros daños y perjuicios. El Contratista tendrá derecho a demostrar a la Compañía que no se ha producido ningún daño o un daño significativamente menor como consecuencia del retraso.

5.8 Si los servicios contractuales o partes de los servicios contractuales son rechazados por no ser conformes con el contrato en el momento de la entrega o de la aceptación o después de ella, el Contratista estará obligado a recoger los servicios contractuales / parciales inmediatamente a su cargo. La Compañía tendrá derecho a devolver los servicios contractuales / servicios parciales al Contratista, a expensas del mismo, una vez transcurrido un periodo de cobro razonable.

6. LUGAR DE EJECUCIÓN Y TRANSFERENCIA DEL RIESGO

6.1 El lugar de ejecución de todas las entregas y servicios del Contratista será el lugar de recepción designado por la Compañía. La transferencia del riesgo no tendrá lugar hasta la entrega o aceptación de la prestación. En el caso de las entregas con instalación o montaje, el riesgo se transmitirá el día de la aceptación satisfactoria o, si se acuerda, después de un funcionamiento de prueba sin fallos.

6.2 Si la entrega o el servicio son rechazados por no ser conformes con el contrato en el momento de la entrega o de la aceptación o después de ella, el riesgo no se transmitirá a la Sociedad hasta que se entregue o se acepte una entrega o un servicio conformes con el contrato.

7. RETENCIÓN DE LA TITULARIDAD POR PARTE DEL CONTRATISTA

Sólo se reconocerá una simple reserva de dominio por parte del Contratista, pero no una retención de dominio ampliada, una reserva de cuenta corriente o cualquier otra forma especial de retención de dominio.

8. PRECIOS, FACTURACIÓN Y PAGO

8.1 Los precios acordados son precios fijos y excluyen cualquier tipo de reclamación posterior. Los aumentos de precio, por cualquier motivo, sólo se considerarán aceptados si han sido confirmados por escrito por la Compañía.

8.2 Las facturas deben corresponder al orden del texto y de los precios de las órdenes de compra y deben ser presentadas a la Compañía después de que se haya realizado la entrega/ejecución, indicando el número completo del comprobante y el número de transacción. Cualquier exceso o defecto en la ejecución se indicará por separado en la factura. Las facturas que no hayan sido debidamente presentadas sólo se considerarán recibidas por la Compañía a partir del momento de su corrección.

8.3 En la medida en que se acuerden o sean necesarios certificados de pruebas de materiales, éstos formarán parte integrante de la entrega y se enviarán a la Compañía junto con la factura.

8.4 Salvo acuerdo en contrario, el pago se efectuará de la forma comercial habitual en un plazo de 14 días con un descuento del 2% o neto después de 30 días. El plazo de pago empezará a correr a partir de la fecha indicada, pero como muy pronto a partir de la recepción de una factura en regla. Si la factura se recibe antes de la entrega o el servicio, el plazo de pago comenzará como muy pronto a partir de la recepción de la entrega o el servicio contractual.

9. GARANTÍA

9.1 El Contratista se asegurará de conocer con la debida antelación todos los datos y circunstancias relevantes para el cumplimiento de sus obligaciones contractuales y del uso que la Empresa pretende hacer de sus Suministros.

9.2 El Contratista garantiza que sus suministros y servicios incluyen todas las prestaciones necesarias para un uso adecuado, seguro y económico, que son adecuados para el uso previsto y que cumplen con el estado de la ciencia y la tecnología.

9.3 El contratista garantiza que el objeto de la entrega no tiene ningún defecto que afecte a su valor o idoneidad, que tiene la calidad acordada o garantizada y que es adecuado para el uso que se presume en el contrato. La garantía del Contratista se extiende también a las piezas fabricadas por los subcontratistas y a su rendimiento.

9.4 Si el objeto de la entrega no cumple con los requisitos anteriores, la Compañía podrá exigir que se subsane el defecto o que se entregue un objeto sin defectos, rescindir el contrato de acuerdo con las disposiciones legales, reducir el precio de compra o exigir una indemnización por daños y perjuicios o el reembolso de los gastos inútiles. Si el Contratista ha asumido una garantía por la calidad o durabilidad del objeto de la entrega, la Compañía también podrá hacer valer las reclamaciones en virtud de la garantía.

9.5 La mercancía será inspeccionada por la Compañía en cuanto a su calidad e integridad después de su recepción o aceptación, en la medida en que sea razonable y técnicamente posible para la Compañía. Las notificaciones de defectos se considerarán oportunas si se realizan en el plazo de una semana por carta, fax, correo electrónico o teléfono. El plazo para la notificación de los defectos comenzará en el momento en que la Compañía haya descubierto el defecto o debiera haberlo descubierto, es decir, en el caso de un defecto evidente desde la aceptación de la entrega, en el caso de un defecto oculto desde el descubrimiento del defecto.

9.6 Para las reclamaciones de garantía se aplicarán las disposiciones legales de prescripción.

10. GARANTÍA DE CALIDAD / REQUISITOS DE SEGURIDAD

10.1 El Contratista está obligado a observar todas las normas, leyes y disposiciones legales pertinentes, en particular las normas de protección del medio ambiente, de sustancias peligrosas, de mercancías peligrosas y de prevención de accidentes, así como a cumplir con las normas técnicas de seguridad y salud laboral generalmente reconocidas al prestar los servicios.

10.2 Las normas, leyes y reglamentos legales en el sentido del primer párrafo son, en particular, los requisitos:

de la Ley de Seguridad de Equipos (GSG), la 9ª Ordenanza de la Ley de Seguridad de Equipos (9ª GSGV - Ordenanza de Máquinas), la 4ª Ordenanza de la Ley de Seguridad de Equipos (4ª GSGV - Ordenanza de Información sobre el Ruido de las Máquinas), la Ordenanza de Baja Tensión, la Ordenanza de CEM, así como los requisitos mínimos de la Ordenanza sobre el uso de equipos de trabajo (AMBV) y de las normas técnicas subyacentes según la declaración de conformidad o el certificado del fabricante según la 9ª GSGV.

 

Los equipos técnicos de trabajo que no sean máquinas en el sentido de la 9ª GSGV deberán, en particular, cumplir los requisitos de calidad de la normativa de prevención de accidentes aplicable.

10.3 En caso de ser necesario, el Contratista celebrará el correspondiente acuerdo de garantía de calidad con la Sociedad.

10.4 Se debe disponer de una declaración de conformidad para las máquinas, que se refiera a la totalidad de las máquinas suministradas del mismo tipo, incluidos los equipos adicionales. Todas las máquinas deben llevar de forma visible la marca CE.

10.5 Deberá suministrarse un manual de instrucciones de acuerdo con las instrucciones de procedimiento Q ENERGY Europe GmbH QM aplicables para "Manuales y documentación de la planta" con instrucciones relacionadas con la seguridad para el funcionamiento y el mantenimiento y las descripciones y documentos de planificación necesarios. El manual de instrucciones debe contener una evaluación de riesgos de acuerdo con el artículo 5 de la ArbSchG, de la que deben desprenderse las medidas de protección necesarias durante el funcionamiento.

10.6 Las obligaciones anteriores forman parte del contrato. En caso de incumplimiento de las obligaciones, se considerará que el contrato no se ha cumplido correctamente y la Compañía tendrá derecho, entre otras cosas, a reclamar daños y perjuicios en virtud de la Ley de Responsabilidad por Productos.

11. DERECHOS DE PROPIEDAD INDUSTRIAL

11.1 El Proveedor será responsable de asegurar que las patentes, licencias u otros derechos de propiedad industrial de terceros no sean infringidos por la entrega y el uso de los artículos de entrega y deberá indemnizar a la Compañía contra cualquier reclamación de terceros. La indemnización del Contratista se referirá a todos los gastos y daños incurridos por la Compañía que surjan de o en relación con una reclamación de un tercero.

11.2 Los derechos de licencia correrán a cargo del Contratista.

12. INSTRUCCIONES DE SEGURIDAD

12.1 El Contratista estará obligado a observar las normas generales de seguridad de Q ENERGY Europe GmbH durante la entrega y otros trabajos en las instalaciones de la Empresa.

12.2 Cuando se intervenga en sistemas existentes con sustancias peligrosas, deberán observarse las instrucciones de procedimiento vigentes de Q ENERGY Europe GmbH "Trabajos en sistemas con sustancias peligrosas".

13. PROTECCIÓN DE DATOS

La empresa tiene derecho a almacenar y evaluar todos los datos necesarios, ya sean personales o fácticos, de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos. La empresa no realizará ninguna notificación por separado. La empresa se compromete a tratar los datos relativos a la empresa de acuerdo con la Ley Federal de Protección de Datos.

14. LUGAR DE JURISDICCIÓN, LEY APLICABLE

14.1 El derecho de la República Federal de Alemania se aplicará a todas las relaciones jurídicas que surjan entre la Sociedad y el Contratista o sus sucesores legales. Se excluye expresamente la aplicación de las disposiciones sobre la venta internacional de mercancías (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías) y el derecho internacional privado alemán.

14.2 Si el Contratista es un comerciante en el sentido del Código de Comercio alemán (Handelsgesetzbuch), Berlín será el lugar de jurisdicción exclusivo, a menos que sea obligatorio otro lugar de jurisdicción de acuerdo con el artículo 40 (2) del Código de Procedimiento Civil alemán (ZPO).

CONTRATOS DE SERVICIOS

15. CLÁUSULAS APLICABLES A LOS CONTRATOS DE SERVICIOS

Las cláusulas 2, 3, 4, 5.5, 5.7, 8, 12, 13, 14 y 15 se aplicarán mutatis mutandis a los contratos de prestación de servicios. En todos los demás aspectos, se aplicarán las disposiciones legales a los contratos de prestación de servicios.

DISPOSICIÓN FINAL

16. CONTINUACIÓN DE LA VALIDEZ EN CASO DE NULIDAD PARCIAL

Si alguna de las disposiciones de estas condiciones no es válida por cualquier motivo, la validez de las demás disposiciones no se verá afectada.

Descargar las Condiciones Generales de Contratación

 

CONDICIONES GENERALES

BIENES

1. ÁMBITO DE APLICACIÓN

Las siguientes disposiciones regulan las relaciones contractuales para la venta de módulos fotovoltaicos y otros bienes (en lo sucesivo denominados "Bienes") entre Q ENERGY Europe GmbH (en lo sucesivo denominado "Q ENERGY Europe") y los empresarios, es decir, las personas físicas o jurídicas o las sociedades con capacidad jurídica con las que se establece una relación comercial y que actúan en el ejercicio de una actividad comercial o profesional independiente (en lo sucesivo denominado "Comprador"). Cualquier otra condición del Comprador no será válida. Es posible hacer excepciones con el consentimiento por escrito de Q ENERGY Europe. Al celebrar el contrato, el Comprador acepta estos términos y condiciones. Las Condiciones Generales sólo se aplicarán a los empresarios en el sentido del artículo 310 (1) del Código Civil alemán (BGB).

2. CELEBRACIÓN DEL CONTRATO

a. Las ofertas de contratos de Q ENERGY Europe están sujetas a cambios. El pedido del Comprador es una oferta vinculante. Los contratos sólo se celebran tras la confirmación del pedido o la entrega por parte de Q ENERGY Europe. Únicamente la confirmación del pedido de Q ENERGY Europe es determinante para el alcance de la prestación contractualmente debida.

b. La información sobre las propiedades y las características de rendimiento de los productos se proporciona con fines ilustrativos y no es vinculante a menos que se acuerde expresamente lo contrario por escrito, por ejemplo, en la descripción técnica del producto o en las hojas de datos. Asimismo, las declaraciones públicas, las recomendaciones o la publicidad no constituyen una declaración contractual sobre la calidad de los bienes. Nos reservamos el derecho a pequeñas desviaciones de las especificaciones en cuanto a dimensiones, pesos, estado y calidad.

c. Q ENERGY Europe se reserva los derechos de propiedad y de autor de las ilustraciones, dibujos, cálculos y otros documentos, también en formato electrónico. Esto se aplica en particular a los documentos designados como "confidenciales". El Comprador deberá obtener el consentimiento expreso y por escrito de Q ENERGY Europe antes de transmitirlos a terceros.

d. Q ENERGY Europe se reserva el derecho a realizar cambios incluso después de haber enviado la confirmación del pedido, siempre que estos cambios no contradigan ni la confirmación del pedido ni las especificaciones del Comprador. El Comprador aceptará cualquier otro cambio propuesto por Q ENERGY Europe en la medida en que dichos cambios sean razonables para el Comprador.

3. PRECIOS Y CONDICIONES DE PAGO

a. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito con Q ENERGY Europe, se aplicará lo siguiente Los precios son ex fábrica más el IVA legal aplicable y los gastos de transporte que se produzcan. El comprador está obligado a pagar por adelantado el 100% del precio de compra acordado, incluidos todos los gastos accesorios. Sólo se considerará que el Comprador ha efectuado un pago a tiempo si el importe a pagar ha sido debidamente recibido en la cuenta de Q ENERGY Europe antes de la expiración del plazo de pago. Si el Comprador se retrasa en el pago, Q ENERGY Europe tendrá derecho a cobrar intereses de demora al tipo legal. Si Q ENERGY Europe puede demostrar daños mayores causados por el incumplimiento, tendrá derecho a reclamar dichos daños.

b. Q ENERGY Europe se reserva el derecho, en el caso de contratos con un plazo de entrega acordado de más de tres meses, de ajustar los precios de acuerdo con los aumentos de costes que se produzcan después de la celebración del contrato debido a los costes adicionales de personal, de transporte y de almacenamiento, a la introducción o a los cambios de los impuestos o a los aumentos del precio de los materiales. Sin embargo, este aumento de precio sólo se permite hasta un incremento máximo del 5% del precio acordado.

c. Si se han acordado pagos parciales, la totalidad de la deuda restante -sin tener en cuenta el vencimiento de las letras de cambio- será exigible inmediatamente si el comprador se retrasa total o parcialmente en el pago de al menos dos plazos consecutivos y el importe por el que se retrasa asciende al menos a una décima parte del precio de compra acordado.

d. El Comprador sólo tendrá derecho de compensación o retención si sus contrademandas han sido legalmente establecidas, son indiscutibles o han sido reconocidas por Q ENERGY Europe.

4. ENTREGA, ACEPTACIÓN, FUERZA MAYOR

a. Las fechas y plazos de entrega se acordarán por escrito entre el Comprador y Q ENERGY Europe para cada pedido. Los plazos de entrega comienzan con la celebración del contrato, salvo que se acuerde otra cosa con Q ENERGY Europe. Si se acuerdan posteriormente cambios en el contrato por escrito, deberá acordarse al mismo tiempo una nueva fecha o plazo de entrega, si es necesario.

b. El cumplimiento de los plazos de entrega acordados presupone el cumplimiento en tiempo y forma de las obligaciones del Comprador.

c. Si el Comprador no cumple con sus obligaciones de pago o incumple otras obligaciones contractuales importantes, Q ENERGY Europe se reserva el derecho de rescindir la(s) entrega(s) correspondiente(s).

d. Si Q ENERGY Europe se retrasa en la entrega de las mercancías, su responsabilidad se limitará a la mitad del uno por ciento del valor de la factura de las entregas afectadas por el incumplimiento por cada semana completa de incumplimiento, pero no más de un total del cinco por ciento del valor de la factura de las entregas afectadas por el incumplimiento. Esta penalización será el único recurso del comprador con respecto a dicho incumplimiento.

e. Las entregas se aceptarán incluso si presentan defectos insignificantes.

f. Las entregas parciales son admisibles en la medida en que sean razonables para el comprador.

g. Si el Comprador se retrasa en la aceptación, Q ENERGY Europe tendrá derecho a exigir una compensación por los daños resultantes. a exigir una indemnización por los daños sufridos; el riesgo de deterioro accidental y de pérdida accidental se transmitirá al Comprador al producirse el incumplimiento de la aceptación.

h. El plazo de entrega se prorrogará adecuadamente en caso de medidas en el ámbito de los conflictos laborales, así como en caso de que se produzcan obstáculos imprevistos que escapen al control de Q ENERGY Europe, en la medida en que dichos obstáculos tengan una influencia significativa en la finalización o la entrega de las mercancías (por ejemplo, guerra, amenaza de guerra, pandemias, intervenciones soberanas, incluidas las medidas de política monetaria y comercial). Esto también se aplicará si las circunstancias se producen en los subproveedores (por ejemplo, incendio, escasez de materias primas, paro laboral debido a una pandemia, escasez de energía y otras interrupciones operativas de las que Q ENERGY Europe no es responsable). Q ENERGY Europe notificará inmediatamente al Comprador cualquier impedimento de este tipo. Si los retrasos en la entrega debidos a estas circunstancias persisten durante más de un breve periodo de tiempo, ambas partes tienen derecho a rescindir el contrato. En este caso, Q ENERGY Europe se compromete a reembolsar al Comprador cualquier contraprestación ya realizada. No obstante, el Comprador sólo podrá rescindir el contrato si Q ENERGY Europe no declara en el plazo de una semana si tiene intención de rescindir el contrato o de realizar la entrega en el plazo de dos semanas.

5. TRANSFERENCIA DEL RIESGO

a. El riesgo se transmitirá al comprador cuando la mercancía haya sido enviada.

b. El Comprador está obligado a aceptar las mercancías entregadas por Q ENERGY Europe en el momento de la entrega.

c. La entrega será EXW (Incoterms 2010), salvo acuerdo expreso en contrario.

d. Queda excluida la responsabilidad de Q ENERGY Europe por retrasos en la entrega debidos a razones relacionadas con el transporte de la mercancía.

6. RESERVA DE DOMINIO

a. Las mercancías entregadas seguirán siendo propiedad de Q ENERGY Europe hasta que se hayan satisfecho todas las reclamaciones (incluidas todas las reclamaciones de saldo de cuenta corriente) a las que Q ENERGY Europe tenga derecho frente al Comprador por cualquier motivo legal actual o futuro. El procesamiento o la transformación se realizará siempre para Q ENERGY Europe como fabricante, pero sin ninguna obligación para él. Si la propiedad de Q ENERGY Europe expira como resultado de la combinación, se acuerda que la propiedad del comprador sobre el artículo unificado pasará a Q ENERGY Europe en proporción a su valor (valor de la factura). El Comprador mantendrá la (co)propiedad de Q ENERGY Europe en custodia gratuita. Los bienes sobre los que Q ENERGY Europe tiene derecho a la (co)propiedad se denominan en lo sucesivo bienes sujetos a reserva de dominio.

b. El comprador tiene derecho a procesar y vender la mercancía sujeto a la retención de la propiedad en el curso ordinario de los negocios mientras no esté en mora. No se permiten las pignoraciones ni las transferencias a modo de garantía. El comprador cede a Q ENERGY Europe, a modo de garantía, todas las reclamaciones derivadas de la reventa de las mercancías sujetas a reserva de dominio o por cualquier otro motivo legal (incluidas todas las reclamaciones de saldo de cuenta corriente). Q ENERGY Europe autoriza de forma revocable al Comprador a cobrar los créditos cedidos a Q ENERGY Europe por su cuenta en su propio nombre.

c. En caso de acceso de terceros a las mercancías sujetas a reserva de dominio, el Comprador deberá señalar la propiedad de Q ENERGY Europe y notificarlo inmediatamente. Los costes y los daños correrán a cargo del Comprador.

d. Q ENERGY Europe tiene derecho a rescindir o retirar el contrato y exigir la devolución de las mercancías en caso de incumplimiento del contrato por parte del Comprador, en particular en caso de impago. Una vez recuperada la mercancía, Q ENERGY Europe tendrá derecho a realizarla; el producto de la realización se imputará al pasivo del Comprador, menos los gastos razonables de realización.

e. Si el valor de todas las garantías existentes para Q ENERGY Europe supera los créditos existentes en más de un 10% de forma sostenida, Q ENERGY Europe liberará las garantías de su elección a petición del Comprador.

7. EMBARGO CONTRACTUAL

Q ENERGY Europe tiene derecho a un gravamen contractual sobre los artículos que han llegado a su poder en base a la relación contractual debido a sus reclamaciones derivadas de la relación contractual con el Comprador. El derecho de retención contractual también puede hacerse valer por las reclamaciones derivadas de los trabajos realizados con anterioridad, las entregas de reposición y otras prestaciones, en la medida en que estén relacionadas con el objeto del contrato. El derecho de retención contractual sólo se aplicará a otras reclamaciones contra el comprador en la medida en que éstas sean indiscutibles o hayan sido establecidas por un tribunal.

8. GARANTÍA

a. La garantía se aplicará durante un periodo de dos años a partir de la entrega de la mercancía. En caso de entrega defectuosa, Q ENERGY Europe estará obligado en primer lugar, a su discreción, a reparar el daño o a entregar mercancías no defectuosas. En caso de que no se entregue una sustitución o reparación, el Comprador podrá ejercer sus derechos legales de garantía (reducción del precio de compra o rescisión con respecto a la mercancía defectuosa). El Comprador está obligado a devolver las mercancías defectuosas a Q ENERGY Europe, salvo que Q ENERGY Europe haya ordenado expresamente lo contrario. Q ENERGY Europe correrá con los gastos necesarios para dicha devolución si así lo exige la legislación obligatoria aplicable. Las mercancías devueltas pasarán a ser propiedad de Q ENERGY Europe, a menos que las partes hayan acordado otra cosa o que se estipule lo contrario por una ley obligatoria aplicable. El comprador debe obtener una confirmación por escrito de Q ENERGY Europe antes de devolver la mercancía.

b. Por principio, sólo se considerarán acordadas las propiedades que puedan deducirse de la descripción técnica del producto o de la ficha técnica. Las declaraciones públicas, las promociones o la publicidad no contienen una descripción vinculante de la calidad acordada de los bienes.

c. Esta sección no constituye una "garantía de calidad" con respecto a la mercancía en el sentido del artículo 443 del Código Civil alemán (BGB), ni la "aceptación de una garantía" en el sentido del artículo 276 del Código Civil alemán (BGB).

d. La afirmación de las reclamaciones por defectos por parte del comprador presupone que éste ha cumplido debidamente sus obligaciones de inspeccionar la mercancía y notificar los defectos de acuerdo con el artículo 377 del Código de Comercio alemán (HGB).

e. Quedan excluidas otras reclamaciones por parte del comprador, en particular las basadas en daños indirectos causados por defectos, siempre que éstos no hayan sido causados por el incumplimiento de las especificaciones garantizadas.

9. OTRAS RESPONSABILIDADES

a. Quedan excluidas las reclamaciones por daños y perjuicios por parte del comprador, independientemente de los motivos legales. Esto no se aplica en los casos de dolo, negligencia grave e incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales. La indemnización por el incumplimiento de las obligaciones contractuales esenciales se limitará al daño previsible típico del contrato. La modificación de la carga de la prueba en detrimento del comprador no está asociada a las disposiciones anteriores.

b. Si el Comprador vende, modifica o combina la mercancía entregada con otras mercancías, deberá indemnizar internamente a Q ENERGY Europe por las reclamaciones de responsabilidad por producto de terceros, a menos que el Vendedor sea responsable del defecto que da lugar a la responsabilidad.

c. No está permitida la modificación de la mercancía ni cualquier marcado que se considere marca de origen del comprador o de un tercero.

10. EXCLUSIÓN DE RESPONSABILIDAD

Las exclusiones o limitaciones de responsabilidad establecidas en estos términos y condiciones no se aplican a:

i. Los daños resultantes de lesiones a la vida, al cuerpo o a la salud que se basen en un incumplimiento intencionado o negligente de las obligaciones por parte de Q ENERGY Europe o en un incumplimiento intencionado o negligente de las obligaciones por parte de un representante legal o agente indirecto de Q ENERGY Europe,

ii. otros daños resultantes de un incumplimiento intencionado o gravemente negligente de las obligaciones por parte de Q ENERGY Europe o de un incumplimiento intencionado o gravemente negligente de las obligaciones por parte de un representante legal o agente indirecto de Q ENERGY Europe,

iii. Casos de responsabilidad en virtud de la Ley de responsabilidad por productos defectuosos o casos en los que se ha concedido una garantía.

11. DERECHO DE DESISTIMIENTO Y RESCISIÓN

Q ENERGY Europe tiene derecho a rescindir o retirar el contrato total o parcialmente si:

i. se inicie un procedimiento de insolvencia contra los activos del Comprador,

ii. se tenga conocimiento de que el Comprador fue considerado no solvente en el momento de la celebración del contrato,

iii. el Comprador cesa sus operaciones comerciales, o

iv. que exista cualquier otra causa justificada para la terminación o rescisión. Un motivo tan importante sería, por ejemplo, el incumplimiento de obligaciones contractuales esenciales.

En el caso de las relaciones de entrega continua, el derecho de rescisión extraordinaria sin previo aviso sustituirá al derecho de rescisión.

12. CLÁUSULA DE SEPARABILIDAD, LUGAR DE CUMPLIMIENTO, LUGAR DE JURISDICCIÓN

a. Si algunas partes de estas condiciones no son válidas o contradicen la legislación aplicable, esto no afectará a las cláusulas restantes.

b. El lugar de actuación y jurisdicción de Q ENERGY Europe es Berlín. Estas condiciones están sujetas a la legislación alemana. Queda excluida la aplicación de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de mercancías.

Descargar las Condiciones Generales de Venta de Mercancías

* Q ENERGY Europe es una marca de la empresa Q ENERGY Solutions SE.